Contrato Colectivo de trabajo: Características, qué regula y sus requisitos

Los Contratos Colectivos se refieren a un acuerdo celebrado entre un conjunto de trabajadores del mismo gremio, patrón o empresa, donde un sindicato regulará y vigilará que las condiciones se respeten. Aprende más acerca de sus características, regulaciones y requisitos aquí.

Derivado de la relación obrero-patronal y que se encuentra debidamente regulada en la Ley Federal del Trabajo, resulta necesario establecer las bases en las que se desarrollará dicha relación, para el caso que nos ocupa, se debe definir la forma en que se llevarán a cabo las actividades laborales de manera colectiva y que garanticen el respeto a los derechos laborales tanto de los trabajadores como de los patrones, además en este Contrato se hace presente la figura del Sindicato como la Persona Moral que deberá cuidar que dichos derechos se respeten.

En estricto sentido, se refiere al acuerdo de voluntades o convenio celebrado entre el conjunto de trabajadores de un mismo gremio, con el patrón o empresa que los contrata, con la intervención de una Sindicato que regulará y vigilará que dichas condiciones se respeten. El Sindicato será el Representante de los Trabajadores. Esto de acuerdo a lo que establece el Artículo 386 de la Ley Federal del Trabajo.

Este Contrato tiene como características:
  1. Que siempre debe tener naturaleza de Convenio, es decir, deberá haber consenso entre las partes, no será impositivo.
  2. Que forzosamente debe celebrarse a través de un Sindicato y no de manera individual por cada trabajador, lo anterior para cumplir con su naturaleza.
  3. Además de existir la obligación para el Patrón de celebrar dicho Contrato cuando emplee a trabajadores que pertenezcan a un Sindicato o gremio en particular.
¿Qué regula el Contrato Colectivo de Trabajo?

Este tiene como finalidad regular las relaciones laborales en lo referente temas como:

  • Relaciones y Condiciones de Trabajo.
  • Derechos de trabajadores y patrones.
  • Regulación de trabajo de mujeres, menores de edad y trabajos especiales.
  • Relaciones colectivas de trabajo.
  • Riesgos de trabajo.
¿Qué requisitos debe tener el Contrato Colectivo de Trabajo?
  • Siempre debe ser por escrito para evitar una nulidad.
  • Se debe realizar por triplicado a efecto de que cada parte conserve el suyo, así como la debida inscripción ante la Autoridad Laboral, ya sea del fuero local o federal.
  • Se debe establecer el inicio de su vigencia, toda vez que éste surte efectos desde el momento en que se presenta ante la Autoridad Laboral, salvo que haya otra disposición en el mismo.
  • Debe contener nombre y domicilio de los contratantes.
  • Nombre de las empresas que abarque.
  • Duración (Determinada o indeterminada).
  • Jornadas de trabajo.
  • Días de descanso.
  • Capacitación y adiestramiento.
  • Integración de comisiones.
  • Cláusulas de exclusión y admisión.
  • Revisión del Contrato.

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Rufino Tamayo Dos Fracc. Pueblo Nuevo, Corregidora, Querétaro C.P. 76900

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