Contrato Individual de trabajo ¿Qué se debe tener en cuenta?
Este tipo de Contrato define la manera en la que se establecerá la prestación de servicios entre un trabajador y la empresa. Conoce los aspectos que se deben tener en cuanta al realizarlo.
Este Contrato se puede definir como la manera en que por escrito se establecerá la forma en que una persona física llamada TRABAJADOR, deberá de prestar sus servicios personales, subordinados y mediante el pago de un sueldo o salario a otra persona llamada EMPLEADOR O PATRÓN.
Ésta figura contractual se encuentra regulada en diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo, en la que precisamente se establecen los lineamientos y formas en que debe desarrollarse dicha relación laboral, tales como los artículos 20, 21, 24, 25.
Dentro de las características del Contrato Individual de Trabajo se debe establecer la duración de éste, toda vez que de acuerdo al artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo, se debe determinar la temporalidad (determinada o indeterminada del mismo), ya que la falta de este requisito le traerá al Trabajador el beneficio de que su relación se considere como indeterminada y por tal motivo goce de todos los derechos y atribuciones que la citada Ley laboral le concede.
Otra característica es que debe ser siempre por escrito, lo anterior debido a que se debe determinar específicamente los servicios, lugar y condiciones donde se deba desarrollar el trabajo y así prever cualquier incumplimiento de dichas obligaciones por parte del Trabajador.
Siempre debe intervenir en la firma del Contrato el Patrón o su Representante que se considerará como la Persona Física o Moral que Contrata el servicio de uno o más trabajadores y el Trabajador que se considera como la Persona Física que presta al Patrón sus servicios personales, subordinados y mediante el goce de un SUELDO o SALARIO. Así mismo el Patrón debe cumplir el requisito de estar debidamente inscrito en el Registro de Patrones del Trabajo a domicilio y como empleador en el Instituto Nacional de Migración para el supuesto de contratar extranjeros.
A efecto de abundar en la garantía de los derechos del Trabajador y del Patrón, es recomendable que éste último asegure el debido cumplimiento de las obligaciones que el Trabajador tiene respecto de la relación laboral y para tal efecto en este tipo de Contrato, puede existir un capítulo denominado de CLÁUSULAS ESPECIALES en las que puede incluir la obligación del Trabajador para tener confidencialidad, exclusividad y permanencia en el trabajo y así garantizar su debido cumplimiento en sus obligaciones laborales.
Para determinadas actividades el Trabajador pudiera requerir algunos elementos que le ayuden a desempeñar su trabajo de acuerdo a las características del puesto como pudiera ser un vehículo, equipo de cómputo y/o comunicación, herramientas diversas, por lo que será conveniente que se suscriban los Contratos de Comodato de estos elementos para asegurar, entre otras cosas, la responsabilidad de su uso, el cuidado del mismo y la devolución cuando así proceda.
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Rufino Tamayo Dos Fracc. Pueblo Nuevo, Corregidora, Querétaro C.P. 76900